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Servicio de Reducción de Restos

El servicio de Reducción de Restos corresponde al procedimiento que realiza Sendero para abrir una sepultura y reducir los restos de una persona ya sepultada, para que ocupen menos espacio dentro de la misma sepultura. Incluye la apertura de la sepultura, el resguardo del lugar, el proceso de reducción y el cierre nuevamente con césped.

La reducción de restos permite aprovechar mejor la capacidad de una sepultura cuando la familia desea sepultar a más personas en el mismo lugar. Este procedimiento solo puede realizarse cuando las condiciones de los restos lo permiten y respetando siempre los plazos legales establecidos.

El Servicio de Reducción de Restos tiene un valor de UF 8 + IVA que debe pagarse antes de realizar el procedimiento y de UF 7 + IVA que se paga una vez efectuada la reducción, solo cuando esta ha sido posible de realizar. En caso de que no se pueda llevar a cabo la reducción de restos, solo se paga el primer monto.

La Solicitud de Reducción es el trámite que debes hacer para pedir la reducción de restos de una persona sepultada en un parque Sendero. Se gestiona de manera presencial en la oficina del parque donde se encuentra la sepultura.

Para poder solicitarla, se requiere la autorización del cónyuge o, en su ausencia, del 50% + 1 de los parientes en primer grado del fallecido, de acuerdo al Reglamento General de Cementerios. La fecha y hora del servicio de reducción se definen durante este trámite y debe solicitarse con al menos 24 horas de anticipación.

Para la Solicitud de Reducción se requiere:

  • Cédula de identidad del titular de la sepultura (original y copia por ambos lados).
  • En caso de que el trámite lo haga otra persona, un poder simple firmado por el titular autorizando a realizar la solicitud.

Cuando la Solicitud de Reducción la realiza una persona distinta al titular de la sepultura, se necesita:

  • Cédula de identidad del cónyuge o del 50% + 1 de los parientes en primer grado del fallecido (original y copia).
  • Documento que acredite el parentesco, como Libreta de Familia o Certificado de Nacimiento.

Para la reducción de restos se utiliza una urna o caja especial para reducción de restos cadavéricos, de menor tamaño que el féretro original. Esta urna de reducción debe ser proporcionada por el cliente, quien puede gestionarla y adquirirla en la funeraria de su preferencia.

No. El proceso de reducción de restos no requiere autorización de la Seremi de Salud. Sendero se encarga de cumplir con la normativa vigente aplicable en los cementerios y sepulturas.

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